Controversias en contexto08/08/2026Redação de Cultura e Espetáculos7 min de lecturaActualizado el 16/09/2026

¿Quién puede utilizar el nombre Legião Urbana? Lo que decidió el tribunal y lo que no decidió

La propiedad reconocida de la marca Legião Urbana pertenece al productor, pero Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá tienen derechos judiciales sobre el uso artístico limitado del nombre.

Composição editorial com instrumentos musicais e elementos jurídicos abstratos representando a disputa pelo uso do nome Legião Urbana, sem logotipos.

Simplemente decir que “Dado y Bonfá ganaron el nombre de Legião Urbana” es incorrecto. También es incompleto afirmar que sólo la empresa propietaria de la marca puede utilizar la expresión bajo cualquier circunstancia.

El tribunal separó dos cuestiones. La marca registrada continúa vinculada a Legião Urbana Produções Artísticas Ltda. Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá no fueron reconocidos como cotitulares del registro. Al mismo tiempo, una decisión judicial conservada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) determinó que la empresa no puede impedir que los dos músicos utilicen la marca en el ejercicio de su actividad artística profesional.

Es esta diferencia entre ser propietario de la marca y tener un derecho de uso específico lo que explica gran parte de la confusión que rodea el caso.

¿A quién pertenece la marca Legião Urbana?

En el proceso analizado por el STJ, se registró que la solicitud de marca “Legião Urbana” fue presentada ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) en 1987 por la Legião Urbana Produções Artísticas Ltda. Posteriormente se otorgó el registro a nombre de la persona jurídica. El tribunal dejó claro que la decisión a favor de Dado y Bonfá no cambió esta propiedad.

Esto sigue la regla general de la Ley de Propiedad Industrial. El artículo 129 de la Ley nº 9.279/1996 establece que la propiedad de la marca se adquiere mediante registro válidamente emitido. También se garantiza al titular, entre otros derechos, los derechos de transferir el registro, licenciar el uso y asegurar la integridad y reputación de la marca.

Por lo tanto, cuando la pregunta es “¿quién es el titular registrado de Legião Urbana?”, la respuesta dada en los procesos consultados es: Legião Urbana Produções Artísticas Ltda.

Esto no significa, sin embargo, que el registro permitiera a la empresa impedir cualquier uso del nombre por parte de antiguos miembros.

¿Por qué Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá pueden usar el nombre?

Dado y Bonfá acudieron a los tribunales tras conflictos relacionados con el uso de la expresión Legião Urbana en su actividad profesional. En la acción original, además de otras intenciones, buscaban reconocimiento relacionado con la marca.

El tribunal estatal no decidió que fueran copropietarios del registro. En cambio, aceptó parcialmente la solicitud para determinar que la empresa se abstenga de impedir que los músicos utilicen la “Legião Urbana” en el ejercicio de su actividad profesional. Esta sentencia se convirtió en el centro de una acción de rescisión presentada posteriormente ante el STJ.

El 29 de junio de 2021, la Sala Cuarta del STJ rechazó el recurso de la Legião Urbana Produções Artísticas que intentaba revocar esta solución. Para la votación ganadora se trataba de un caso excepcional en el que Dado y Bonfá habían contribuido directamente a la creación, consolidación y difusión del nombre como miembros de la banda.

El punto decisivo es el límite que establece la propia sentencia: el derecho reconocido a los músicos está vinculado al ejercicio de su actividad artística profesional. No se trata de entregarles todas las prerrogativas del titular de una marca.

Lo que Dado y Bonfá no ganaron con esta decisión

El fallo de 2021 es más limitado de lo que parecen algunos titulares. Según el propio STJ:

  • Dado y Bonfá no pasaron a ser copropietarios del registro de la marca;
  • la marca no fue transferida a los músicos;
  • no recibieron poder general para conceder licencias de “Legião Urbana” a terceros;
  • no controlaron los productos oficiales ni ejercieron medidas de protección de la marca reservadas al propietario;
  • el uso autorizado estaba relacionado con la actividad artística profesional de los dos músicos.

El STJ incluso utilizó la comercialización de productos oficiales y acciones de protección de marcas como ejemplos de prerrogativas que continuaron con la Legião Urbana Produções Artísticas.

Por lo tanto, “pueden usar el nombre” y “son dueños de la marca” son declaraciones legalmente diferentes.

¿Qué pasa con la gira “30 Años de Legião Urbana”?

Existe un segundo proceso que debe separarse de la disputa sobre el derecho de uso.

Legião Urbana Produções Artísticas presentó una demanda buscando recibir un tercio de las ganancias de la gira “30 Años de Legião Urbana”, realizada en 2015 y 2016 por Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá. La empresa sostuvo que hubo explotación económica de su marca.

El Tribunal de Justicia de Río de Janeiro había aceptado la acusación. En 2022, sin embargo, el STJ anuló esa sentencia y ordenó al TJRJ analizar un argumento que no había sido adecuadamente abordado: la defensa de los músicos afirmó que, en ese contexto, la expresión “Legião Urbana” también correspondía al título del primer álbum de la banda y que el caso debía considerar los derechos de autor involucrados.

La Ley de Copyright tiene una distinción relevante en este punto. Los nombres y títulos aislados no están, en sí mismos, protegidos como derechos de autor, pero la ley brinda protección al título de una obra cuando es original e inconfundible con una obra anterior del mismo género.

El STJ no decidió en ese proceso que el argumento de Dado y Bonfá necesariamente ganaría. Ordenó al TJRJ que lo examinara.

En el nuevo juicio celebrado en 2023, la 14ª Sala de Derecho Privado del TJRJ volvió a considerar debida la transferencia de un tercio de los resultados de la gira al productor. Según información del propio tribunal reproducida por la prensa, los jueces entendieron que, en esa explotación económica, no sería posible desvincular el nombre utilizado de la marca registrada, pese a la referencia al álbum debut.

Esta decisión sobre ganancias no equivale a cancelar el derecho de uso artístico reconocido en el otro proceso. Son cuestiones diferentes: se discute si se puede impedir que Dado y Bonfá utilicen la expresión en su actividad profesional; el otro trata sobre las consecuencias económicas de un uso específico realizado en la gira de 2015 y 2016.

Entonces, ¿pueden Dado y Bonfá presentarse como “Legião Urbana”?

La formulación requiere cuidado.

Lo que sustenta expresamente la decisión conservada en el STJ es que la Legião Urbana Produções Artísticas no puede impedir que Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá utilicen la marca en el ejercicio de su actividad artística profesional.

Esto no debería ampliarse automáticamente a la idea de que los músicos recibieron autorización judicial sin restricciones para recrear una nueva banda, explorar cualquier producto o negocio bajo el nombre de Legião Urbana o actuar como poseedores de registros.

El propio STJ calificó este uso como limitado. La propiedad y otras prerrogativas de la marca permanecieron en la empresa.

Del mismo modo, las decisiones examinadas se refieren específicamente al conflicto que involucra a Dado y Bonfá. No otorgan a terceros autorización general para explotar comercialmente el nombre Legião Urbana. Para terceros, siguen siendo relevantes las normas ordinarias de propiedad industrial y los derechos del titular de la marca.

El punto que suele desaparecer en la polémica

La disputa produjo una situación jurídica inusual pero no contradictoria.

La empresa puede ser propietaria de la marca registrada y, sin embargo, existe una decisión judicial que le impide ejercer esta exclusividad frente a dos personas concretas en un determinado contexto profesional.

Fue precisamente esta solución intermedia la que prevaleció en el juicio de 2021. El STJ consideró que la sentencia no quita la propiedad de la marca a su titular, pero preserva para Dado y Bonfá una posibilidad de uso ligada a la historia profesional que ellos mismos ayudaron a construir.

La forma más precisa de resumir el caso, por tanto, es la siguiente: la propiedad registral de la marca Legião Urbana sigue siendo de Legião Urbana Produções Artísticas, mientras que Dado Villa-Lobos y Marcelo Bonfá han reconocido judicialmente un derecho limitado a utilizar el nombre en su actividad artística profesional. Este derecho no les convertía en propietarios de la marca ni autorizaba su explotación comercial irrestricta.

La demanda por los beneficios de la gira también muestra que el derecho a utilizar el nombre no resuelve automáticamente todas las disputas económicas que puedan surgir de cada forma concreta de uso.

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