Debates de la ciudad22/08/2026Redação Aracaju9 min de lecturaActualizado el 24/09/2026

¿Pagan los autobuses en Aracaju las personas mayores de 60 a 64 años? Por qué la ley dice 60, Mais Aracaju dice 65 y lo que vale hoy

La ley municipal amplió la entrada gratuita a los mayores de 60 años, pero el sistema sigue promocionando a los mayores de 65 años. Entender la suspensión judicial, los cargos de la Cámara y lo que es posible hacer hoy.

Mulher idosa segura cartão Mais Aracaju diante de ônibus, ao lado de placas que contrapõem a Lei 5.020/2018, 60 anos, e o benefício operacional para 65+.

En agosto de 2026, la respuesta práctica para quienes utilizan el transporte público en Aracaju es más simple que la historia jurídica: los actuales canales Mais Aracaju, CEAC y Setransp tratan a las personas mayores gratuitas como un beneficio a partir de los 65 años. Para los que tienen entre 60 y 64 años, existe una ley municipal de 2018 que buscaba ampliar el derecho, pero la aplicación fue golpeada por una suspensión judicial y continúa rodeada de mensajes institucionales contradictorios. Por lo tanto, no es seguro embarcar en este grupo de edad contando con propina automática solo por el texto de la ley.

Lo que es válido hoy en la práctica

Mais Aracaju informa actualmente que la tarjeta gratuita para personas mayores está destinada a personas de 65 años y más y requiere tener 65 años para registrarse. La página de preguntas frecuentes de Aracajucard repite la misma época. CEAC mantiene un servicio denominado Mais Aracaju Gratuidade Idoso+65. El 6 de abril de 2026, Setransp también publicó que, en el caso de las personas mayores, el derecho está garantizado a partir de los 65 años.

Este conjunto es la referencia operativa más clara encontrada para 2026. Muestra cómo el beneficio está siendo registrado y comunicado por quienes administran la tarjeta y por el sector transporte. Esto no borra la existencia de la Ley Municipal 5.020/2018, pero explica por qué una persona de 60 a 64 años puede encontrarse con un cobro de tarifa o denegación del beneficio incluso después de localizar una ley municipal que habla de gratuidad.

Por qué el Estatuto de las Personas Mayores dice 65 años

La Ley Federal 10.741/2003, Estatuto de la Persona Mayor, considera persona mayor la que tiene 60 años o más. Para el transporte público urbano y semiurbano gratuito, en cambio, el artículo 39 establece la garantía nacional para los mayores de 65 años. Para ejercer este derecho, la ley federal dice que es suficiente un documento personal que acredite la edad.

El mismo artículo abre una puerta para el grupo de edad de 60 a 65 años. El tercer párrafo permite que la legislación local establezca las condiciones para que estas personas sean gratuitas. Fue exactamente este espacio el que la Cámara de Aracaju intentó utilizar en 2018.

Qué cambió la Ley 5.020/2018 en Aracaju

La Ley Municipal 5.020 tiene fecha del 19 de abril de 2018. Los registros oficiales de la Municipalidad resumen su menú como transporte público urbano gratuito dentro del Municipio de Aracaju para mayores de 60 años. En su momento, la Cámara anunció la medida como una ampliación del beneficio para las personas mayores de 60 años.

El comunicado oficial de la Cámara también señala que, según el texto aprobado, bastaría con presentar un documento oficial con fotografía que acredite la edad al momento del embarque. La propuesta, por tanto, no dependía de la existencia de la tarjeta Mais Aracaju: la idea era hacer que el documento de identidad funcionara como prueba del derecho.

Hay una pequeña diferencia en el lenguaje que merece atención. El menú registrado por el Ayuntamiento utiliza la expresión mayores de 60 años, mientras que la comunicación política e institucional de la Cámara trató el cambio como gratuito a los 60 años. Para las dudas cotidianas de quienes tienen entre 60 y 64 años, el punto central es que la ley municipal fue creada para reducir la marca de 65 años prevista con carácter general en el Estatuto.

La suspensión judicial que cambió la historia

Poco después de su publicación, la Ley 5.020/2018 fue llevada al Tribunal de Justicia de Sergipe. En mayo de 2018, el TJSE otorgó una medida cautelar suspendiendo sus efectos. La noticia de la época generó interrogantes sobre defectos de iniciativa, la creación de gastos sin indicar la fuente de financiamiento y los límites de una ley municipal de cara a un sistema de transporte integrado en la región metropolitana.

La propia Cámara de Aracaju volvió al tema en noviembre de 2018 y abordó públicamente la suspensión de la ley. Una referencia jurisprudencial posterior, reproducida en una decisión oficial de otro tribunal de 2024, identifica el proceso del TJSE como 0003244-37.2018.8.25.0000 y registra el otorgamiento unánime del amparo que suspendió la vigencia de la norma.

Lo importante es distinguir una medida cautelar de una decisión final sobre el fondo. En la investigación realizada para este artículo no se encontró en las fuentes oficiales y decisiones públicas indexadas consultadas una decisión final posterior que resolviera de manera inequívoca toda la controversia. Por lo tanto, sería imprudente afirmar simplemente que la ley ha quedado definitivamente anulada o, en el sentido contrario, que hoy puede ejercerse sin obstáculos.

Por qué la confusión continuó después de 2018

La divergencia no se limitó al poder judicial. En octubre de 2019, el propio Procon Aracaju publicó una guía que decía que la Ley 5.020/2018 garantizaba el transporte público urbano gratuito y que bastaría con un documento oficial con fotografía. Esta manifestación surgió luego de la suspensión cautelar reportada en 2018 y muestra cómo diferentes organismos públicos comenzaron a comunicar el tema de maneras que no encajaban a la perfección.

Mientras tanto, el sistema de ticketing continuó consolidando la tarjeta gratuita para personas mayores de 65 años y más. Esta diferencia entre lo que decían ciertas páginas municipales sobre la ley y lo que registró la operación de transporte es el origen práctico de gran parte de la duda que aún existe.

En 2026, la Cámara volvió a imponer la regla de los 60 años

El 11 de febrero de 2026 el asunto volvió oficialmente al pleno del Ayuntamiento. Durante el Gran Expediente, el concejal Irán Barbosa afirmó que la Ley 5.020/2018 estará en plena vigencia y criticó el material de Mais Aracaju por seguir informando durante 65 años. También sostuvo que la Cámara debe actuar para hacer cumplir la normativa local y recordó que el Estatuto permite la regulación municipal para el grupo de edad entre 60 y 65 años.

Esta afirmación es relevante porque muestra que la divergencia aún está viva dentro de los propios poderes públicos municipales. Pero hay que leerlo tal como es: la posición de un parlamentario registrada en una sesión oficial. En sí mismo, no constituye una nueva decisión judicial ni cambia automáticamente el procedimiento adoptado por el operador de transporte.

Hasta la investigación realizada en agosto de 2026, los canales operativos consultados se mantenían en 65 años. No se encontró ningún cambio posterior por parte de Mais Aracaju, CEAC o Setransp implementando el registro de personas mayores entre 60 y 64 años como norma actual.

Cronología del enfrentamiento, 2018 a 2026

Abril de 2018: la ley municipal amplía la gama

Se publica la Ley 5.020/2018 con el objetivo de brindar transporte público urbano municipal gratuito a mayores de 60 años. La Cámara anuncia que bastaría un documento oficial con fotografía para acreditar la edad.

Mayo 2018: TJSE suspende los efectos

Una medida cautelar del Tribunal de Justicia de Sergipe suspende la efectividad de la ley mientras se discute su constitucionalidad. El debate involucra iniciativa legislativa, impacto financiero y financiación.

Octubre 2019: el Procon municipal habla de gratuidad de servicios para mayores de 60

La orientación publicada por Procon Aracaju trata la Ley 5.020/2018 como una garantía de libre acceso y dice que no sería necesario registro ni tarjeta, solo una identificación con fotografía. La comunicación pública, por tanto, ya mostraba signos de conflicto con la situación judicial y operativa.

Febrero de 2026: el concejal exige aplicación de la ley

En la Cámara, Iran Barbosa afirma que la ley está vigente y cuestiona la revelación hecha hace 65 años por Mais Aracaju. El cargo está incluido en las notas taquigráficas oficiales de la sesión del 11 de febrero.

Abril y agosto de 2026: el sistema continúa informando 65+

Setransp, Mais Aracaju y CEAC siguen presentando 65 años como edad para la tercera edad libre. Es esta regla la que aparece consistentemente en los canales de atención y registro consultados.

Entonces, ¿quién tiene entre 60 y 64 años paga el autobús en Aracaju?

De 60 a 64 años

Existe fundamento en el derecho municipal para cuestionar el cargo, y la propia Sala defendió nuevamente este entendimiento en 2026. Al mismo tiempo, hay antecedentes de suspensión judicial de la norma y, en los canales actuales del sistema, no existe registro de personas mayores en este rango como beneficio operativo confirmado. Por tanto, una persona de 60 a 64 años no debería contar con el embarque gratuito automático con sólo presentar su DNI.

En la práctica, el pasajero debe considerar que se le podrá cobrar la tarifa hasta que la discrepancia se resuelva de manera clara e incorporada al procedimiento del sistema. Si hay una negativa y la persona quiere impugnarla, vale la pena registrar el incidente y buscar orientación administrativa o legal, porque la discusión va más allá de una simple regla de multa.

65 años o más

La situación es mucho más clara. La gratuidad urbana está garantizada por el Estatuto de las Personas Mayores y reconocida por los canales actuales de Mais Aracaju, CEAC y Setransp. Mais Aracaju acepta el registro de personas mayores de 65 años e informa que la tarjeta permite el acceso gratuito al sistema de venta de entradas.

Dónde confirmar antes de embarcar

Para una decisión práctica sobre el día del viaje, la primera consulta debe realizarse en los canales actuales de Mais Aracaju y en la página de atención del CEAC, porque son los que informan los criterios de registro de la tarjeta. Mais Aracaju mantiene atención virtual al (79) 3045-2550. En caso de dudas específicas sobre la norma municipal o sobre una denegación de transporte, el SMTT es el organismo regulador al que se debe consultar.

Quienes tienen entre 60 y 64 años y pretenden exigir la gratuidad de la matrícula con base en la Ley 5.020/2018, deben tener en cuenta que la cuestión no es presentada de manera uniforme por las instituciones. Antes de subir, confirme el procedimiento para evitar depender de una interpretación que pueda no ser reconocida por el conductor, el validador o el servicio de atención al cliente del sistema en ese momento.

Lo confirmado y lo que queda en disputa

Se confirma que el Estatuto de la Persona Mayor garantiza la asistencia urbana gratuita a partir de los 65 años y permite que la legislación local atienda el rango de 60 a 65 años. También se confirma que Aracaju promulgó la Ley 5.020/2018 para ampliar el beneficio, que el TJSE suspendió su vigencia como medida cautelar y que la Cámara volvió a exigir la aplicación de la norma en febrero de 2026.

Los datos operativos actuales también son objetivos: Mais Aracaju, CEAC y Setransp continúan trabajando con 65 años. Lo que sigue en disputa es la aplicabilidad práctica de la matrícula gratuita para quienes tienen entre 60 y 64 años a la luz de la ley municipal, la historia judicial y los mensajes públicos contradictorios.

Por lo tanto, la respuesta más segura es separar la ley escrita de la ley realmente operativa. Para personas de 65 años y más, el acceso gratuito está confirmado y disponible en los canales vigentes. Para los de 60 a 64 años, existe una base municipal que respalda el reclamo, pero actualmente no existe una implementación operativa clara que permita la promesa de embarque gratuito y sin disputas.

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