Privacidad y datos05/08/2026Núcleo de Segurança Digital9 min de lecturaActualizado el 17/09/2026

ECA Digital prevé una nueva fase de adaptación: qué podría cambiar en la verificación de edad de las apps

El cronograma de la ANPD prevé ampliar el seguimiento de la medición de la edad en agosto. Entender qué es ya la ley, qué se está adaptando y qué datos observar.

Fluxograma mostra quais dados um aplicativo pode solicitar para aferir a idade e quais riscos de privacidade devem ser observados.

Pedirle a alguien que proporcione su edad es diferente a exigirle a esa persona que la demuestre. También es diferente a simplemente recibir una señal del sistema operativo que indica que el usuario pertenece a un determinado grupo de edad.

Estas distinciones deberían ganar importancia con la próxima etapa de implementación del Estatuto Digital de la Niñez y la Adolescencia, el ECA Digital. El calendario de la Agencia Nacional de Protección de Datos prevé, a partir de agosto de 2026, la publicación de directrices y parámetros sobre los mecanismos de medición de la edad, seguido de un periodo de adaptación y seguimiento hasta noviembre.

Esto no significa, sin embargo, que todas las aplicaciones ya se hayan visto obligadas a adoptar la misma pantalla, solicitar un documento o utilizar el reconocimiento facial. Hasta el 5 de agosto de 2026, la página oficial consultada aún presentaba los lineamientos como preliminares y no informaba un día específico para el inicio de la segunda etapa. La versión en inglés de la página decía que la guía se actualizaría a finales del tercer trimestre de 2026.

Por tanto, el cambio inmediato para los usuarios puede ser desigual: algunos servicios pueden ajustar los registros, los controles parentales o las barreras de acceso antes que otros. El punto central es saber qué finalidad justifica la verificación y qué datos son realmente necesarios para cumplirla.

Lo que predice el cronograma de la ANPD para agosto

ECA Digital está vigente desde marzo de 2026 y su implementación se dividió en etapas. En el primero, la ANPD priorizó las tiendas de aplicaciones y los sistemas operativos, que pueden medir el grupo de edad del usuario y transmitir una “señal de edad” a las aplicaciones a través de una interfaz segura. En junio, la Agencia informó que el seguimiento inicial abarcaba a Apple, Google y Microsoft.

En la segunda etapa, la planificación oficial prevé:

  • publicación de directrices y parámetros normativos sobre medición de la edad;
  • divulgación de sectores o grupos de proveedores que serán priorizados;
  • ampliación del seguimiento, en función del riesgo de cada producto o servicio;
  • período de transición entre agosto y noviembre de 2026;
  • seguimiento y evaluación de las soluciones implementadas;
  • actualización del reglamento de inspección y sanciones a partir de noviembre;
  • acciones de inspección previstas a partir de enero de 2027.

El seguimiento no es sinónimo de aplicación automática de una sanción. La medida se planificó para orientar, recopilar información y controlar la idoneidad de los proveedores. Esto tampoco impide que la ANPD adopte otras medidas ante denuncias o violaciones que supongan un alto riesgo para niños, niñas y adolescentes.

Lo cual ya es una obligación legal

La Ley N° 15.211, de 17 de septiembre de 2025, no se limita a solicitudes realizadas exclusivamente para niños. Alcanza productos y servicios tecnológicos dirigidos a niños y jóvenes o a los que es probable que accedan, considerando factores como el atractivo, la facilidad de acceso y el riesgo para la privacidad, la seguridad o el desarrollo.

Entre las reglas ya incluidas en ECA Digital se encuentran:

  • protección prioritaria y adopción de medidas proporcionadas al riesgo;
  • configuración más protectora de privacidad y datos personales de forma predeterminada;
  • información sobre el grupo de edad indicado para el servicio;
  • mecanismos de supervisión parental;
  • medidas para evitar que los menores accedan a contenidos y servicios inapropiados, inapropiados o prohibidos;
  • limitación del uso de los datos recopilados para verificar la edad.

Para contenidos, productos o servicios cuya oferta o acceso esté prohibido o sea inadecuado para menores de 18 años, la ley exige mecanismos de verificación fiables para cada acceso y prohíbe que la protección se limite a la autodeclaración. Un cuadro que pregunta "¿Tienes más de 18 años?" no es suficiente en estos casos.

El alcance no debe confundirse con un orden universal para que cada aplicación documente a todos los usuarios. La elección de la solución debe considerar el contexto y el riesgo del servicio.

Preguntar la edad, comprobar la edad y estimar la edad no son lo mismo

La ANPD utiliza la medición de la edad como término general para los procedimientos diseñados para verificar, estimar o inferir la edad o el grupo de edad. Esto puede involucrar documentos, datos biométricos, patrones de uso u otros medios técnicamente apropiados.

En la práctica, el usuario puede encontrar diferentes enfoques:

 

Ningún método aparece en las directrices preliminares como solución única y obligatoria para todos los contextos. La Agencia recomienda evaluar tanto el riesgo del servicio como los riesgos creados por el propio mecanismo, incluido el procesamiento de datos confidenciales, el intercambio ampliado, la discriminación, las barreras indebidas y los incidentes de seguridad.

¿Puede la aplicación solicitar un documento o una selfie?

Una solicitud de un documento o una imagen facial no es automáticamente ilegal, pero tampoco resulta apropiada sólo porque la aplicación mencione ECA Digital.

La solución debe ser proporcional, necesaria y adecuada al propósito. Los datos biométricos están clasificados por la Ley General de Protección de Datos como datos personales sensibles. Según directrices preliminares, su uso tiende a requerir una justificación más sólida, especialmente cuando existe una alternativa menos intrusiva capaz de lograr resultados equivalentes.

Antes de enviar un documento, vídeo o selfie, conviene comprobar:

  • qué grupo de edad o requisito debe confirmar el servicio;
  • por qué una simple credencial o señal del sistema no sería suficiente;
  • qué campos del documento se recopilarán;
  • si la imagen completa se almacenará o simplemente se analizará;
  • cuánto tiempo se conservarán los datos;
  • con qué empresas se compartirá;
  • cómo disputar un resultado incorrecto;
  • ¿Qué alternativa existe para aquellos que no pueden o no quieren utilizar ese método?

Una justificación genérica como “requisito legal” no es muy informativa. El servicio debe explicar qué obligación cumple y cómo tiene limitado el cobro.

¿La ley autoriza el almacenamiento de datos para otros fines?

El artículo 13 del ECA Digital determina que los datos recopilados para verificar la edad de niños y adolescentes se utilizan únicamente para este fin. La ley también exige que la señal de edad proporcionada por las tiendas de aplicaciones y los sistemas operativos se minimice y prohíbe el intercambio continuo, automatizado y sin restricciones de datos personales de esta audiencia.

Las directrices de la ANPD refuerzan que la solución solo debe manejar los datos o el atributo de edad necesarios, lo que limita la recopilación, el uso y la retención. Citan como posible alternativa credenciales capaces de demostrar simplemente que una persona cumple con un requisito -por ejemplo, ser mayor de edad- sin revelar fecha de nacimiento, número de documento u otra información identificable. La propia Agencia subraya que no se trata de una solución única ni obligatoria.

Por lo tanto, una verificación de edad no debería convertirse automáticamente en una autorización para publicidad comportamental, creación de perfiles comerciales o enriquecimiento del registro.

Qué podría cambiar en la experiencia de la aplicación

Durante la adaptación, los usuarios pueden encontrar nuevos pasos al registrarse, descargar o acceder a determinadas funciones. Los posibles cambios incluyen:

  • confirmación del rango de edad en el sistema operativo;
  • autorización de los padres o tutores para descargar aplicaciones;
  • activación de más configuraciones de protección por defecto;
  • restricciones sobre compras, contactos, ubicación o recomendaciones;
  • bloqueo de áreas no aptas para menores;
  • revisión de edad cuando el usuario intenta acceder a una función restringida;
  • indicación de un medio alternativo cuando falla la verificación.

Estas posibilidades surgen de la arquitectura prevista en la ley y las directrices en discusión, pero no hay confirmación de que todas las aplicaciones adopten las mismas pantallas o el mismo método. La Agencia pretende definir prioridades en función, entre otros factores, del nivel de riesgo del producto o servicio.

Lista de verificación de privacidad antes de demostrar la edad

1. Comprueba el propósito

¿La solicitud está vinculada a contenido restringido, configuración apropiada para la edad, descarga o supervisión parental? Sospeche cuando la explicación sea vaga.

2. Tenga en cuenta la cantidad de datos

Para demostrar simplemente que alguien tiene más de 18 años, ¿realmente el servicio necesita almacenar su nombre completo, dirección, número de documento y su imagen completa?

3. Busca una alternativa

¿La aplicación ofrece inicio de sesión en el sistema, credenciales, revisión manual u otro método menos invasivo?

4. Lea sobre almacenamiento y eliminación

Compruebe si hay información clara sobre retención, eliminación, seguridad y empresas de terceros.

5. Consulta el origen de la solicitud

No envíe documentos ni selfies a través de enlaces recibidos en mensajes. Abre directamente la aplicación o el sitio web oficial.

6. Problemas de registro

Guardar pantallas y protocolos en caso de que el método genere bloqueo indebido, discriminación o cobro aparentemente excesivo.

7. Utiliza los canales adecuados

Primero, busque el canal de privacidad o el responsable de datos del servicio. Si el problema persiste, consulta los canales oficiales de la ANPD, incluida la página dedicada a ECA Digital.

A qué deben prestar atención los padres y tutores

Medir la edad no reemplaza la supervisión, el diálogo y la educación digital. La propia ley combina las obligaciones de las empresas con herramientas para que las familias administren descargas, compras, tiempo frente a la pantalla, privacidad y contactos.

También es importante evitar el efecto inverso: la tecnología diseñada para proteger a los niños no debería someterlos a una vigilancia desproporcionada. La guía preliminar reconoce que el mecanismo puede crear riesgos para menores y adultos, incluso a través de clasificación errónea, exposición de datos confidenciales o barreras injustas de acceso.

Lo que aún queda por confirmar

El 5 de agosto de 2026, el cronograma indicaba el inicio de la segunda etapa “a partir de agosto”, pero la página consultada no registraba un día específico ni presentaba la publicación de los lineamientos definitivos como finalizada. La asunción de subsidios a la guía finalizó el 9 de julio y el tema continuó catalogado como “en proceso” en la Agenda Regulatoria.

Por lo tanto, la lectura más segura es:

  • la ley y sus obligaciones fundamentales ya están en vigor;
  • ha comenzado el monitoreo de tiendas y sistemas operativos;
  • la ampliación prevista para agosto depende de la evolución del cronograma y de las directrices de la ANPD;
  • el período de agosto a noviembre se planificó como transición y seguimiento;
  • en las fuentes consultadas no se impuso un método universal único para todas las aplicaciones.

Guarde la lista de verificación y consulte la página oficial de ECA Digital antes de entregar documentos, datos biométricos u otros datos a una aplicación. La ANPD aún puede actualizar las directrices, prioridades y procedimientos.

Temas de este artículoAferição de idadeANPDAplicativosDados biométricosProteção infantil onlineSupervisão parental
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Qué solicita o utiliza la aplicación Qué puede hacer estoRiesgo a tener en cuenta
Fecha de nacimiento declarada Registra la edad informada por el usuario Puede no ser suficiente para áreas restringidas a adultos
Señal de rango de edad del sistema Informa a la aplicación de una categoría, sin revelar necesariamente la fecha de nacimiento Compruebe si la aplicación recibe solo el atributo requerido
Documento de identidad Confirmar fecha de nacimiento o mayoría de edad Visualización de nombre, número, fotografía y otros datos innecesarios
Imagen de cara Se puede utilizar para estimar la edad Procesamiento biométrico, error, sesgo y retención de imagen
Historial o patrón de uso Puede inferir un rango de edad a partir del comportamiento Perfiles opacos y monitoreo excesivo
Credencial verificable Solo puede probar un atributo, como “mayor de 18 años” Compruebe quién emitió la credencial y qué información se comparte