Grandes Conciertos11/09/2026Redação de Cultura e Espetáculos5 min de lecturaActualizado el 24/09/2026

Agua gratis en conciertos y festivales: qué exige el Decreto 13.109 y cuándo pueden restringir una botella

El Decreto 13.109 permite llevar agua en recipientes personales, admite restricciones de material por seguridad y exige agua gratuita en eventos con más de 1.000 asistentes previstos.

Entrada de festival ao entardecer, com ponto gratuito de água à esquerda e revista de uma garrafa por segurança à direita.

Desde el 1 de septiembre de 2026, el Decreto 13.109 establece una regla federal en Brasil sobre el acceso al agua potable en eventos abiertos al público. Para quienes van a conciertos y festivales, hay dos puntos que no deben confundirse: el público puede ingresar con botellas u otros recipientes de uso personal que contengan agua potable, mientras que la obligación del organizador de ofrecer agua gratuita se aplica a los eventos con una previsión de más de 1.000 participantes.

Qué exige el Decreto 13.109, en resumen

  • Ingreso con agua: los responsables del evento deben permitir la entrada de consumidores con botellas y otros recipientes de uso personal que contengan agua potable.
  • Restricciones al recipiente: los organizadores pueden restringir los materiales de las botellas o recipientes cuando sea necesario para la seguridad y la integridad física del público, siempre que la restricción se informe previamente.
  • Agua gratis en eventos mayores: cuando la asistencia prevista supere las 1.000 personas, debe ofrecerse agua potable de forma gratuita mediante bebederos o envases individuales.
  • Acceso a los puntos de agua: los bebederos y puntos de distribución gratuita deben estar en zonas de fácil acceso, considerando la estructura del lugar y la cantidad estimada de participantes.
  • La venta no sustituye la gratuidad: vender agua u otras bebidas no elimina la obligación de ofrecer agua potable gratis cuando esa exigencia sea aplicable.

Qué eventos están incluidos

El decreto considera eventos abiertos al público aquellos que impliquen una concentración significativa de participantes. El propio texto menciona festivales, congresos, conferencias, ferias, conciertos y eventos deportivos o culturales. La regla se aplica a eventos gratuitos o de pago, tanto en espacios cerrados como abiertos.

El Decreto 13.109 está fechado el 31 de agosto de 2026, fue publicado en el Diario Oficial de la Unión el 1 de septiembre de 2026 y entró en vigor en la fecha de su publicación.

¿Puedo entrar al concierto con mi propia botella de agua?

Sí, dentro del ámbito del decreto. El artículo 3 obliga a los organizadores a permitir el ingreso de consumidores con botellas y otros recipientes de uso personal que contengan agua potable para consumir durante el evento.

Esta regla no depende del umbral de 1.000 personas. Ese corte aparece en el artículo 4, que establece la obligación adicional de ofrecer agua de forma gratuita. Por ello, un evento incluido en el decreto no deja de estar sujeto a la regla de ingreso con agua simplemente porque prevea 1.000 asistentes o menos.

Cuándo puede rechazarse una botella

El decreto permite que los organizadores establezcan restricciones respecto de los materiales de las botellas y de los recipientes de uso personal. Sin embargo, la restricción debe cumplir dos condiciones: limitarse a lo necesario para proteger la seguridad y la integridad física de los consumidores y haber sido informada previamente al público.

En la práctica, la organización puede adoptar una política de materiales compatible con los riesgos de seguridad del evento. El texto del decreto no convierte esa autorización en un permiso general para prohibir cualquier recipiente personal con agua. La autorización prevista por la norma está vinculada al material y a la seguridad.

Antes de salir de casa, conviene revisar la página oficial del evento, la información de la entrada y las reglas de acceso. Si existe una restricción, comprueba qué materiales se aceptan y si la condición fue comunicada con antelación.

Cuándo el evento está obligado a ofrecer agua gratis

La obligación específica de suministro gratuito se aplica a eventos con una previsión de asistencia superior a 1.000 personas. En esos casos, los organizadores deben ofrecer agua potable gratuitamente mediante bebederos o envases individuales.

Además, el acceso debe ser efectivo: los bebederos y puntos de distribución tienen que estar en zonas de fácil acceso para el público, considerando la estructura física del recinto y el número estimado de participantes. El mismo artículo exige también espacio e infraestructura adecuados para el acceso, la atención y el rescate rápidos en situaciones de emergencia.

SituaciónQué establece el decreto
Evento abierto al público incluido en el decretoDebe permitir el ingreso con un recipiente personal que contenga agua potable, respetando las restricciones de material justificadas por seguridad e informadas previamente.
Evento con previsión de hasta 1.000 participantesEl artículo 4 no crea la obligación específica de ofrecer agua gratis; la regla del artículo 3 sobre ingreso con agua continúa aplicándose.
Evento con previsión superior a 1.000 participantesAdemás de permitir el ingreso con agua, debe ofrecer agua potable gratuita mediante bebederos o envases individuales y mantener los puntos en zonas de fácil acceso.
El evento vende agua mineralLa venta no sustituye la obligación de gratuidad cuando esta sea aplicable.

¿El evento puede seguir vendiendo agua?

Sí. El decreto no prohíbe la venta de agua ni de otras bebidas. Determina que esa comercialización no elimina la obligación de suministro gratuito en los eventos incluidos en el artículo 4.

El texto también prevé que los organismos de defensa del consumidor supervisen los precios del agua mineral vendida en los eventos para evitar aumentos sin causa justificada y otras prácticas que exijan al consumidor una ventaja manifiestamente excesiva.

Checklist antes de ir a un concierto o festival

  • comprueba si el evento publicó reglas sobre botellas y recipientes;
  • verifica qué materiales se aceptan en la entrada;
  • si la previsión de público supera las 1.000 personas, busca con antelación la información sobre bebederos o puntos de agua gratuita;
  • no supongas que la existencia de bares o la venta de agua sustituye los puntos gratuitos;
  • conserva la entrada, la página de reglas y los comunicados del organizador por si necesitas demostrar qué orientación se publicó antes del evento.

Qué hacer si una regla del evento parece contradecir el decreto

Primero, pide al organizador la justificación de la restricción y la regla que se está aplicando en ese acceso. Si el problema no se resuelve, el Decreto 13.109 atribuye la fiscalización a los organismos que integran el Sistema Nacional de Defensa del Consumidor de Brasil, dentro de sus competencias. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas previstas en el Código de Defensa del Consumidor, sin perjuicio de otras medidas aplicables.

Fuente oficial

El texto completo puede consultarse en el Decreto n.º 13.109, de 31 de agosto de 2026, en el portal oficial de legislación de Brasil.

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