El INSS puede suministrar órtesis, prótesis y medios auxiliares de locomoción (OPM) cuando estos recursos son necesarios en el proceso de Rehabilitación Profesional y ayudan a reducir una limitación funcional para permitir el regreso o la permanencia en el trabajo. No funciona como una compra libre ni como un sistema de reembolso: la necesidad debe evaluarse dentro del flujo del INSS y la prescripción de la OPM es atribución de la Pericia Médica Federal.
En la práctica, el camino cambia según la situación de la persona. Quien entra en la Rehabilitación Profesional suele llegar al servicio por derivación de la Pericia Médica Federal o por decisión judicial. Quien ya está en rehabilitación puede recibir la indicación de una OPM durante el seguimiento. Y quien ya regresó al mercado laboral puede acudir al INSS para reparación o sustitución de un recurso anteriormente suministrado por el organismo, de acuerdo con la norma vigente para el asegurado que está trabajando.
Quién puede recibir una prótesis, órtesis o medio auxiliar de locomoción del INSS
La Ley nº 8.213/1991 incluye, dentro de la habilitación y rehabilitación profesional, el suministro de prótesis, órtesis e instrumentos de ayuda para la locomoción cuando su uso pueda atenuar la pérdida o la reducción de la capacidad funcional. La misma ley prevé la reparación o sustitución de estos dispositivos cuando exista desgaste por el uso normal o un hecho ajeno a la voluntad del beneficiario.
El Reglamento de la Seguridad Social establece que, cuando sean indispensables para la Rehabilitación Profesional, estos recursos deben suministrarse a los asegurados, incluidos los jubilados. Para los dependientes, la atención depende de las posibilidades del INSS; para las personas con discapacidad no vinculadas al Régimen General de Seguridad Social, depende de un convenio de cooperación técnico-financiera.
Por lo tanto, “tener una discapacidad” o “necesitar una prótesis” no genera por sí solo una concesión automática por parte del INSS. El punto decisivo es el encuadre en la Rehabilitación Profesional y la evaluación de que el recurso es necesario para el regreso o la adaptación al trabajo.
Los tres escenarios que cambian el camino de la solicitud
| Situación | Cómo comienza el flujo | Qué ocurre con la OPM |
|---|---|---|
| Ingreso en la Rehabilitación Profesional | En general, por derivación de la Pericia Médica Federal durante una evaluación de prestación por incapacidad; también puede existir una derivación judicial. | El equipo de rehabilitación evalúa el potencial laboral y las necesidades del asegurado. La OPM solo entra en el proceso si se considera necesaria. |
| Durante el programa de rehabilitación | El asegurado ya está siendo acompañado por el equipo de Rehabilitación Profesional. | La Pericia Médica Federal realiza la prescripción, con evaluación del Profesional de Referencia. Después, el INSS gestiona la adquisición, adaptación y entrega según sus procedimientos. |
| Después del regreso al mercado laboral | Para el asegurado que está trabajando y necesita reparación o sustitución de OPM/tecnología de asistencia anteriormente suministrada por el INSS, el primer contacto debe hacerse por la Central 135. | El caso se evalúa nuevamente. La norma vigente limita este supuesto del asegurado en actividad a la reparación o sustitución de un recurso previamente concedido por el INSS. |
Quién indica la prótesis o la órtesis
Lo más importante es separar una recomendación clínica externa de la prescripción válida dentro del proceso de seguridad social. Según el Decreto nº 3.048/1999, la prescripción de órtesis, prótesis, medios auxiliares de locomoción y accesorios corresponde a la Pericia Médica Federal. El propio INSS explica que la indicación se realiza junto con la evaluación del Profesional de Referencia de la Rehabilitación Profesional.
Esto significa que el asegurado no puede elegir por su cuenta un equipo y luego pedir al INSS que lo pague. Los informes o documentos de salud pueden formar parte del historial del caso, pero no sustituyen la prescripción ni la autorización exigidas dentro del proceso del INSS.
Cómo funciona cuando la OPM se indica durante la rehabilitación
La página oficial de Rehabilitación Profesional del INSS informa que el servicio incluye evaluación del potencial laboral, orientación y seguimiento profesional y, cuando sea indispensable, suministro de OPM. El asegurado debe acudir a las convocatorias y evaluaciones del programa y explicar las limitaciones funcionales que interfieren en el regreso al trabajo.
Si el equipo identifica la necesidad de un dispositivo, la Pericia Médica Federal emite la prescripción. La adquisición no es una compra directa del asegurado: el INSS utiliza sus propios procedimientos de contratación. Contratos recientes del organismo incluyen, según el caso, evaluación previa a la protetización, fabricación, ajustes, reparaciones, adaptación y entrenamiento para el uso del recurso.
El tiempo entre la prescripción y la entrega puede variar porque existen etapas técnicas, administrativas y de contratación. Una indicación no debe interpretarse como autorización para comprar el dispositivo por cuenta propia y luego cobrarlo al INSS.
Si la persona ya volvió al trabajo: cómo pedir reparación o sustitución
La norma operativa vigente del INSS permite la derivación a Rehabilitación Profesional del asegurado que está trabajando y necesita reparación o sustitución de una órtesis, prótesis, medio auxiliar de locomoción u otro recurso de tecnología de asistencia, siempre que el artículo haya sido previamente concedido por el INSS.
La orientación publicada por el organismo es llamar a la Central 135 y solicitar orientación para el registro inicial de Rehabilitación Profesional. Después de presentar la solicitud, el seguimiento puede hacerse por la Central 135 y por Meu INSS. La necesidad de reparación o sustitución será sometida al flujo de evaluación del instituto.
Como preparación práctica, conviene tener disponibles los datos del asegurado y, si existen, documentos o referencias de la concesión anterior del equipo. Se trata de una recomendación organizativa; la lista de documentos efectivamente exigida debe confirmarse en la atención del INSS.
Lo que el INSS no reembolsa
El INSS informa expresamente que no reembolsa gastos de OPM ni de otros recursos materiales que no hayan sido prescritos o autorizados por sus unidades de Rehabilitación Profesional. Por ello, comprar una prótesis, órtesis o accesorio por cuenta propia y guardar la factura no crea un derecho automático al reembolso.
Si existe una necesidad clínica urgente o inmediata, debe atenderse por los canales de salud correspondientes, pero eso no modifica la regla del INSS sobre autorización para el suministro dentro de la Rehabilitación Profesional.
¿Los operativos de OPM de 2026 cambian la forma de pedir?
No. En agosto de 2026, el INSS anunció operativos para evaluación, prescripción y entrega de OPM en varios estados. La propia noticia señala que la acción estaba dirigida a asegurados previamente agendados. Por tanto, el operativo es una estrategia para ejecutar y acelerar casos ya organizados, no una vía abierta de atención sin derivación o evaluación.
Quien ya está en el programa debe seguir las convocatorias del equipo responsable. Quien regresó al mercado laboral y cumple la regla de reparación o sustitución de un artículo previamente suministrado por el INSS debe seguir iniciando el proceso por la Central 135.
Lista rápida antes de contactar al INSS
- ¿Aún recibe una prestación por incapacidad y fue derivado a Rehabilitación Profesional? Siga las convocatorias del equipo; la necesidad de OPM se evaluará dentro del programa.
- ¿Ya está en Rehabilitación Profesional? Explique cómo la limitación afecta al trabajo. La prescripción corresponde a la Pericia Médica Federal, con evaluación del Profesional de Referencia.
- ¿Ya volvió al mercado laboral y el artículo fue suministrado por el INSS? Si necesita reparación o sustitución, contacte a la Central 135 para iniciar la orientación y el registro.
- ¿Piensa comprar por su cuenta y pedir reembolso? No cuente con ello: el INSS no reembolsa OPM que no haya sido prescrita o autorizada por sus unidades de rehabilitación.
En resumen
El suministro de prótesis, órtesis y otros medios auxiliares por parte del INSS está vinculado a la Rehabilitación Profesional y a la evaluación de que el recurso es necesario para la capacidad funcional relacionada con el trabajo. La prescripción corresponde a la Pericia Médica Federal, con participación del equipo de rehabilitación. Durante el programa, la solicitud surge de la propia evaluación técnica; después del regreso al trabajo, el flujo actual para el asegurado en actividad se centra en la reparación o sustitución de un recurso anteriormente concedido por el INSS, con orientación inicial por la Central 135.





