La Asamblea General de la ONU ha programado para el 24 de septiembre de 2026, en Nueva York, una reunión de alto nivel sobre las amenazas existenciales provocadas por la subida del nivel del mar. El encuentro no se limita a la adaptación costera. Llega en un momento en que el debate jurídico internacional conecta cada vez más tres asuntos que antes podían parecer separados: zonas y fronteras marítimas, continuidad del Estado y protección de las personas afectadas.
La pregunta central es fácil de formular y difícil de resolver: si la línea física de la costa retrocede, una isla se vuelve inhabitable o parte del territorio queda sumergida, ¿deberían retroceder también los derechos marítimos y la existencia jurídica del Estado? El trabajo concluido en 2025 por la Comisión de Derecho Internacional (CDI) de la ONU apunta hacia una posición cada vez más favorable a preservar derechos legalmente establecidos, pero eso no significa que todas las consecuencias estén ya codificadas en un nuevo tratado.
Qué ocurrirá en la ONU el 24 de septiembre
El programa oficial de la Semana de Alto Nivel de 2026 fija la Reunión Plenaria de Alto Nivel para Abordar las Amenazas Existenciales Planteadas por la Subida del Nivel del Mar para el 24 de septiembre, de 10:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00, en la Sala de Conferencias 4 de la sede de la ONU. La página temática de la organización señala que el objetivo es construir un entendimiento común, movilizar liderazgo político y reforzar la cooperación internacional y multisectorial. La Asamblea General celebró su primera reunión de alto nivel sobre este asunto en 2024 y decidió retomarlo en 2026.
El momento es importante porque la reunión llega después de un avance jurídico relevante. En 2025, la CDI adoptó su informe final sobre la subida del nivel del mar en relación con el derecho internacional, cerrando un trabajo iniciado en 2019. El estudio abarcó tres subtemas: derecho del mar, condición de Estado y protección de las personas afectadas. Posteriormente, la Asamblea General tomó nota de ese trabajo e invitó a los Estados a seguir examinando sus aspectos jurídicos durante el 81.º período de sesiones.
Por qué la subida del mar se convierte en una cuestión de fronteras marítimas
En el derecho del mar, la costa es más que una referencia geográfica. Ayuda a determinar las líneas de base desde las que se miden varias zonas marítimas. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el mar territorial puede extenderse hasta 12 millas náuticas y la zona económica exclusiva (ZEE), hasta 200 millas náuticas desde las líneas de base correspondientes; la plataforma continental tiene reglas propias y, en determinadas circunstancias, puede extenderse más allá de 200 millas.
Conviene separar dos conceptos. Una línea de base es el punto de partida utilizado para medir zonas marítimas. Una frontera o línea de delimitación marítima separa áreas entre Estados vecinos cuando sus espacios marítimos se encuentran o se superponen. La subida del mar puede alterar físicamente la costa y, por ello, plantea dudas sobre la propia referencia costera. Una frontera marítima acordada, sin embargo, es un objeto jurídico distinto: si cada cambio costero pudiera reabrir una frontera ya resuelta, zonas antes estables volverían a ser objeto de disputa.
Para los Estados insulares y archipelágicos, las consecuencias económicas son especialmente sensibles. La pesca, los recursos del lecho marino, la energía, la investigación y otras actividades pueden depender de la extensión y estabilidad de estas zonas. Por eso, el debate no es meramente cartográfico; también trata de soberanía, recursos y previsibilidad jurídica.
Qué concluyó la Comisión de Derecho Internacional sobre las zonas marítimas
El informe final de 2025 de la CDI señala que la subida del nivel del mar vinculada al cambio climático no fue una cuestión contemplada cuando se negoció la Convención sobre el Derecho del Mar. Aun así, la Comisión identificó una fuerte preocupación de los Estados por la estabilidad, la certeza y la previsibilidad jurídicas.
- La CDI concluyó que la Convención no impone a los Estados la obligación de actualizar líneas de base, coordenadas geográficas o límites exteriores de zonas marítimas ya debidamente depositados ante el Secretario General solo porque la costa cambie como consecuencia de la subida del nivel del mar.
- El informe también afirma que no existe una regla que impida a los Estados preservar líneas de base y límites marítimos existentes y legalmente establecidos.
- La Comisión registró un apoyo amplio y consistente entre los Estados a la preservación de esas referencias y de los derechos marítimos asociados, incluidas las posiciones desarrolladas por los países insulares del Pacífico.
- En el caso de acuerdos de delimitación marítima, el informe sostiene que la doctrina del “cambio fundamental de circunstancias” no puede utilizarse para deshacer fronteras establecidas, porque los tratados que establecen fronteras quedan excluidos de esa vía por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
La ventaja práctica de este enfoque es evitar que el avance del mar redibuje automáticamente la distribución de derechos entre Estados. La cautela es igual de importante: el informe de la CDI es una referencia de gran peso para la clarificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional, pero no constituye por sí solo una enmienda de la Convención sobre el Derecho del Mar ni un nuevo tratado universal. Su orientación puede fortalecerse mediante práctica estatal, resoluciones, declaraciones e instrumentos futuros.
Continuidad de los Estados insulares: la pregunta no es “crear un Estado sin territorio”
El debate sobre la continuidad estatal a veces se reduce a la idea de un “país sin tierra”. El problema jurídico real es distinto: ¿debería un Estado que ya existe perder su personalidad jurídica internacional porque el cambio climático haya vuelto inhabitable una parte o la totalidad de su territorio?
La CDI registró un fuerte apoyo entre los Estados a la continuidad de la condición de Estado y de la soberanía de los países particularmente afectados, incluida la conservación de su personalidad jurídica internacional y de su participación en organizaciones internacionales. El informe vincula esa continuidad con principios como igualdad soberana, autodeterminación, integridad territorial, soberanía permanente sobre los recursos naturales, estabilidad jurídica y cooperación internacional.
Esto también explica por qué las zonas marítimas y la continuidad estatal aparecen juntas. Si un Estado siguiera existiendo jurídicamente pero sus derechos marítimos desaparecieran automáticamente con la costa, podría conservar un asiento internacional mientras pierde una parte crucial de su base económica y de sus derechos soberanos. La CDI trata ambas cuestiones como interconectadas: preservar la continuidad estatal ayuda a preservar derechos existentes, y preservar los derechos marítimos ayuda a sostener a la población y la capacidad de funcionamiento del Estado.
Qué está en juego para la nacionalidad, la representación y los derechos de las personas
La subida del nivel del mar no genera solo un problema de mapas. Puede desplazar poblaciones, volver inhabitables islas antes de que queden físicamente sumergidas y obligar a las instituciones a operar desde otros territorios. De ahí surgen preguntas prácticas: ¿quién conserva la nacionalidad? ¿Cómo se evita la apatridia? ¿Dónde puede ejercer sus funciones el gobierno? ¿El Estado mantiene sus tratados, su representación diplomática y su participación en organizaciones internacionales?
El informe final de la CDI afirma que las personas afectadas siguen siendo titulares de derechos y reconoce que los marcos jurídicos actuales son fragmentarios y no fueron diseñados específicamente para la subida del nivel del mar. Entre las posibles respuestas menciona acuerdos especiales de movilidad climática, vías de admisión, visados humanitarios y medidas para evitar la pérdida de nacionalidad y la apatridia. También subraya la información, la consulta y la participación de las comunidades afectadas, además de la protección de la cultura, el patrimonio, la identidad y la dignidad.
Esto ayuda a entender por qué la continuidad estatal no es una abstracción institucional. Puede contribuir a preservar nacionalidad, representación, capacidad de proteger a los ciudadanos y continuidad de las obligaciones de derechos humanos, incluso cuando parte de la población deba vivir fuera del territorio original.
Qué puede — y qué no puede — hacer la reunión del 24/9
La reunión de alto nivel puede profundizar el consenso político, amplificar las posiciones de los pequeños Estados insulares, estimular declaraciones y resoluciones y orientar futuros mecanismos jurídicos o de cooperación. El propio informe de la CDI señala que la Asamblea General y otras organizaciones internacionales pueden adoptar instrumentos vinculantes o no vinculantes sobre continuidad estatal, soberanía, zonas marítimas y protección de las personas afectadas.
Pero la reunión del 24 de septiembre no redibuja por sí sola una frontera marítima específica, no modifica automáticamente la Convención sobre el Derecho del Mar y no crea por sí misma una regla universal detallada para un Estado cuyo territorio se vuelva inhabitable. Lo relevante será observar el grado de convergencia política y el lenguaje que los Estados decidan respaldar.
Cuatro preguntas para seguir durante la reunión
- ¿Se tratarán las líneas de base y los límites exteriores como preservables pese al cambio físico de la costa? Cuantos más Estados repitan esta posición, mayor será la previsibilidad jurídica.
- ¿Habrá apoyo explícito a la continuidad de la personalidad jurídica internacional de los Estados insulares? Esto incluye soberanía, participación en organizaciones y mantenimiento de derechos legalmente adquiridos.
- ¿Cómo se abordarán la nacionalidad, la movilidad y la protección de las personas? El debate se vuelve concreto cuando pasa de principios generales a mecanismos de movilidad, residencia, documentación y prevención de la apatridia.
- ¿Qué mecanismos de cooperación se propondrán? La adaptación física, la financiación, la protección de recursos, la preservación cultural y las soluciones institucionales dependen de la cooperación con otros Estados y organizaciones.
El punto central
El debate jurídico sobre la subida del nivel del mar está pasando de una pregunta puramente geográfica —“¿dónde quedará la costa?”— a una pregunta sobre preservación de derechos: ¿qué debe permanecer jurídicamente estable cuando cambia la geografía? El trabajo de la CDI favorece la preservación de líneas de base y derechos marítimos ya establecidos, registra un fuerte apoyo a la continuidad de los Estados afectados y conecta esa continuidad con la protección de las personas.
La reunión del 24 de septiembre de 2026 es importante no porque deba resolver todos estos asuntos en un solo día, sino porque puede mostrar hasta dónde están dispuestos los Estados a convertir esa orientación en consenso político, práctica internacional e instrumentos más específicos.
Fuentes oficiales
- ONU — Sea level rise: an existential threat?
- ONU — General Assembly High-level Week 2026
- Comisión de Derecho Internacional — Sea-level rise in relation to international law
- CDI — Informe final de 2025 sobre subida del nivel del mar y derecho internacional
- ONU — Panorama de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar





