Documentación y Derechos10/09/2026Redação Automotiva6 min de lecturaActualizado el 16/09/2026

¿Se puede usar un automóvil particular en las clases y en el examen de la CNH? Qué sigue vigente tras el archivo en el STF

Sí. La Resolución Contran 1.020 permite un automóvil particular en las clases y el examen, con requisitos de seguridad y procedimientos del Detran.

Condutora em carro prateado durante exame prático, acompanhada por avaliador, com cones de trânsito ao lado da pista.

Sí. La Resolución Contran n.º 1.020/2025 permite utilizar un automóvil particular tanto en las clases prácticas como en el examen de conducción para obtener la licencia brasileña (CNH), siempre que se cumplan los requisitos aplicables al candidato, al instructor, al vehículo y al procedimiento del órgano de tránsito. El archivo de la acción en el Supremo Tribunal Federal (STF), divulgado el 9 de septiembre de 2026, no creó este permiso: simplemente mantuvo vigente la regla del Contran porque el tribunal no llegó a analizar el fondo de la impugnación.

Qué sigue vigente para usar un automóvil particular

La norma distingue entre la formación práctica y el examen de conducción. En ambos casos, la propiedad del vehículo no es el factor decisivo.

SituaciónQué permite la Resolución 1.020Condiciones principales
Clase prácticaEl vehículo puede ser proporcionado por el instructor o por el propio candidato. La resolución también admite vehículos utilizados ocasionalmente para el aprendizaje, independientemente de quién sea el propietario.Licencia de Aprendizaje, supervisión permanente de un instructor autorizado, condiciones de circulación y seguridad e identificación exigida para el vehículo utilizado en el aprendizaje.
Examen prácticoEl vehículo puede ser proporcionado por el órgano de tránsito o por el candidato; también se admite un vehículo de un tercero.Condiciones de circulación y seguridad, reglas del examen y eventuales procedimientos operativos del órgano de tránsito competente.

¿El candidato puede llevar su propio automóvil a las clases?

Sí. El art. 39 de la Resolución Contran n.º 1.020/2025 establece que el vehículo utilizado en las clases prácticas puede ser proporcionado por el instructor de tránsito o por el propio candidato. El art. 127 refuerza que pueden utilizarse vehículos destinados a la formación y vehículos usados ocasionalmente en el aprendizaje, independientemente de su propiedad.

Esto no significa que cualquier automóvil pueda utilizarse sin cumplir las demás reglas. Para las clases prácticas en vías terrestres, el candidato debe portar la Licencia de Aprendizaje y estar bajo acompañamiento y supervisión permanentes de un instructor de tránsito autorizado. La clase también debe respetar los términos, horarios y lugares establecidos por el órgano ejecutivo de tránsito competente.

La resolución no exige adaptaciones mecánicas ni modificaciones del automóvil para estas actividades. Sin embargo, sí establece una exigencia de identificación: para el vehículo utilizado ocasionalmente en el aprendizaje, el art. 128 exige una franja blanca removible de 20 centímetros de ancho, colocada a media altura de la carrocería, con la inscripción “AUTOESCOLA” en negro. Por eso, “sin adaptación” no debe confundirse con “sin ningún requisito visual u operativo”.

¿Y en el examen práctico de la CNH?

También puede utilizarse un vehículo proporcionado por el candidato. El art. 44 determina que los vehículos del examen pueden ser proporcionados por el órgano de tránsito o por el candidato y admite, en ambos casos, un vehículo propiedad de terceros.

El automóvil utilizado en el examen debe cumplir las condiciones de circulación y seguridad previstas en el Código de Tránsito Brasileño y en las normas complementarias del Contran. Si el órgano adopta monitoreo electrónico y el candidato lleva el vehículo, los equipos necesarios deben instalarse el mismo día y en el lugar del examen, bajo responsabilidad del órgano competente o de una empresa acreditada, sin costo para el candidato.

Qué decidió el STF en septiembre de 2026

Una acción presentada por la Confederación Nacional de Trabajadores del Transporte y la Logística cuestionaba la parte de la Resolución 1.020 que admite vehículos particulares, incluso sin adaptaciones o modificaciones mecánicas, en las clases y pruebas prácticas.

Según el comunicado del Ministerio de Transportes de Brasil del 9 de septiembre de 2026, la ministra Cármen Lúcia decidió no conocer la acción. La razón informada fue que la controversia exigiría analizar primero la relación entre la resolución del Contran y la legislación infraconstitucional. Por ello, el STF no examinó el fondo de la alegación de inconstitucionalidad y la acción fue archivada.

El efecto práctico inmediato es sencillo: la Resolución Contran n.º 1.020 sigue vigente, incluidas las reglas que permiten un vehículo particular en las clases y en el examen de conducción.

Qué no decidió el STF

  • No hubo una sentencia de fondo que declarara definitivamente constitucionales todos los puntos impugnados.
  • El tribunal no creó un nuevo permiso para usar un automóvil particular; ese permiso ya existía en la Resolución 1.020.
  • La decisión no elimina los requisitos de seguridad, identificación del vehículo, Licencia de Aprendizaje, supervisión del instructor ni las reglas del examen.
  • El archivo tampoco uniformiza todos los procedimientos administrativos de los Detrans.

¿El Detran puede tener procedimientos propios?

Sí, dentro de la competencia prevista por la reglamentación nacional. La propia Resolución 1.020 determina que las clases se realicen en los términos, horarios y lugares definidos por el órgano ejecutivo de tránsito. Para el examen, el art. 42 prevé un recorrido definido por el órgano competente y permite que los Estados y el Distrito Federal sigan aplicando sus propios recorridos y procedimientos hasta la publicación del Manual Brasileño de Exámenes de Conducción, siempre que se respete la resolución.

En la práctica, el derecho a usar un vehículo particular no elimina la necesidad de consultar al Detran responsable del proceso. Puede haber exigencias operativas, como registro previo del vehículo, verificación documental, inspección, lugar de presentación o un procedimiento específico de programación, siempre que sean compatibles con la norma nacional. Como estos detalles pueden variar, conviene confirmarlos directamente en el canal oficial del Detran antes de la clase o del examen.

Lista de comprobación antes de usar un automóvil particular

  1. Confirme la etapa del proceso: antes de las clases prácticas, el candidato debe haber aprobado los exámenes teóricos y tener expedida la Licencia de Aprendizaje.
  2. Utilice un instructor autorizado: la clase en vía terrestre exige acompañamiento y supervisión permanentes de un instructor de tránsito autorizado.
  3. Revise el automóvil: documentación, condiciones de circulación, equipos obligatorios y seguridad deben estar en regla.
  4. Use la identificación exigida: el vehículo utilizado ocasionalmente para el aprendizaje debe cumplir la exigencia de la franja removible del art. 128.
  5. Consulte al Detran: verifique si hay registro, inspección, programación u otro paso operativo antes de llevar el vehículo.
  6. En el examen, verifique el monitoreo: si se utiliza monitoreo electrónico, la instalación de los equipos debe seguir el procedimiento del órgano y, cuando el vehículo sea aportado por el candidato, no puede generar costos para él.

Respuesta final

Un automóvil particular puede utilizarse en las clases prácticas y en el examen de la CNH conforme a la Resolución Contran n.º 1.020/2025. El archivo de la acción en el STF en septiembre de 2026 mantuvo esa situación porque el tribunal no resolvió el fondo de la impugnación. El permiso, sin embargo, no elimina los requisitos nacionales ni los procedimientos operativos compatibles que pueda exigir el Detran responsable. Antes de llevar el vehículo, confirme las reglas vigentes del órgano de tránsito de su Estado o del Distrito Federal.

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