En 2026, la identificación biométrica pasó a formar parte de las reglas de concesión, mantenimiento y renovación del Beneficio de Prestación Continuada (Benefício de Prestação Continuada, BPC) de Brasil, pero eso no significa que todas las personas beneficiarias deban correr de inmediato a emitir la Carteira de Identidade Nacional (CIN), la Tarjeta Nacional de Identidad brasileña. Lo decisivo es la situación de la persona: si está haciendo una nueva solicitud, si ya cobra el BPC o si fue convocada para regularizar la biometría y/o el Cadastro Único, el registro social brasileño.
La orientación oficial combina una regla permanente —la CIN será la base principal de identificación— con un período de transición en el que registros biométricos ya existentes en otras bases públicas todavía pueden aprovecharse. Para el BPC, el Ministerio de Desarrollo y Asistencia Social (MDS) también estableció fechas de corte específicas para nuevas solicitudes y para mantenimiento o revisión. Por eso, la respuesta correcta depende de cuándo se registró la biometría y de qué etapa del beneficio está en análisis.
Respuesta rápida: ¿quién necesita emitir la CIN para el BPC en 2026?
| Situación | Qué hacer |
|---|---|
| Nueva solicitud y ya existe una biometría aceptada, registrada dentro del plazo de transición aplicable | El INSS consulta las bases oficiales. Si encuentra y acepta el registro, la emisión inmediata de la CIN puede no ser necesaria para completar esta etapa. |
| Nueva solicitud sin biometría aceptada | Emitir la CIN es la vía indicada. La regla específica del BPC establece que, para nuevas solicitudes desde el 1 de mayo de 2026, quien no tenía biometría válida en las bases de transición debe usar la CIN. |
| BPC activo y biometría localizada en una base aceptada | No existe un bloqueo automático solo porque cambió la regla. La adaptación es gradual y ocurre en los procedimientos de mantenimiento o revisión. |
| BPC activo, sin biometría localizada | Esperar la convocatoria oficial y, cuando llegue, obtener el documento/registro indicado. La CIN es la opción preferente y pasa a ser cada vez más central durante la transición. |
| Persona convocada | Leer la notificación, verificar si también existe una pendencia en el Cadastro Único y cumplir cada exigencia por el canal correcto. El CRAS puede orientar y actualizar el Cadastro Único, pero no recoge biometría. |
1. Nueva solicitud de BPC: ¿la CIN es obligatoria para todos?
No necesariamente para quien ya tenía biometría registrada en una base aceptada. La página oficial del BPC informa que el requisito biométrico puede cumplirse mediante la CIN o, de forma transitoria, mediante otras bases públicas reconocidas, y que el INSS verifica la biometría en bases como CIN, TSE y CNH.
Sin embargo, existe una regla de transición específica del BPC. En una orientación publicada por el MDS sobre la Ordenanza Conjunta MDS/INSS nº 36, el gobierno informó que, para solicitar el BPC, la biometría en las bases transitorias debía haberse realizado hasta el 30 de abril de 2026. Por lo tanto, desde el 1 de mayo de 2026, la persona que llega a una nueva solicitud sin un registro biométrico aprovechable debe emitir la CIN.
En la práctica, esto crea dos situaciones:
- Ya existía una biometría válida antes de la fecha de corte: el sistema puede aprovecharla durante la transición, según la base y las reglas aplicables.
- No existía una biometría válida: la CIN pasa a ser el documento que debe obtenerse para viabilizar la nueva solicitud.
La solicitud del BPC continúa realizándose por los canales del INSS —Meu INSS, Central 135 o una Agencia de la Seguridad Social (APS). El CRAS puede orientar sobre los criterios y el Cadastro Único, pero no presenta la solicitud ante el INSS en nombre de la persona ni realiza la captura biométrica.
2. ¿Quien ya recibe el BPC necesita sacar la CIN ahora?
Tampoco existe una orden para que todas las personas beneficiarias activas emitan la CIN al mismo tiempo. El Gobierno Digital informa expresamente que no habrá bloqueo automático de los beneficios activos por la implantación de la biometría. Para beneficios que ya se están pagando, la exigencia sigue los procedimientos y plazos de mantenimiento o renovación definidos por el organismo gestor.
En el caso específico del BPC, la transición está vinculada a la revisión del beneficio y al calendario de actualización del Cadastro Único. El gobierno consulta automáticamente las bases biométricas y convoca de forma gradual a quienes no tengan un registro aprovechable.
Para el mantenimiento o la revisión del BPC, la orientación del MDS establece que la biometría en las bases de transición debe haberse registrado hasta el 31 de diciembre de 2026. Después de la fecha de corte aplicable, quien no tenga un registro reconocido tendrá que migrar a la CIN según la etapa de implantación.
3. ¿Qué registros biométricos siguen siendo válidos durante la transición?
La CIN es la referencia principal y la opción más segura para quien necesita crear un nuevo registro biométrico. Sin embargo, las páginas oficiales usan listas con pequeñas diferencias de nomenclatura.
- CIN: es la base principal y continúa aceptándose. A partir del 1 de enero de 2028, la orientación general del Gobierno Digital indica que solo se aceptará la biometría de la CIN para concesión, mantenimiento y renovación.
- Justicia Electoral/TSE (Título de Eleitor/Identificação Civil Nacional): aparece entre las bases transitorias que pueden consultarse.
- CNH, licencia de conducir: la página del BPC informa que el INSS puede verificar la biometría en esta base; la orientación de transición también la trata como aprovechable en determinadas condiciones.
- Base de la Policía Federal/pasaporte: la página del BPC menciona la Base de la Policía Federal y la FAQ del Gobierno Digital incluye el pasaporte con biometría entre los registros transitorios.
- CRNM/DPRNM: la regla de transición publicada por el MDS también menciona documentos migratorios en situaciones específicas.
Estas diferencias de nombres no deben interpretarse como una autorización para elegir cualquier documento en cualquier momento. Lo que vale en el caso concreto es que el registro sea localizado en una base oficial y que cumpla el plazo de transición correspondiente al BPC. Si el INSS no encuentra una biometría aprovechable o si la persona no tiene ninguna, la CIN es la vía más directa.
También es importante separar dos cosas: Cadastro Único y registro biométrico no son lo mismo. El Cadastro Único debe estar actualizado para el BPC, pero no sustituye el registro biométrico exigido por la normativa.
4. ¿Cómo funciona la convocatoria de quienes ya reciben el BPC?
La convocatoria es gradual. Según el MDS, para quienes ya reciben el BPC el gobierno cruza automáticamente las bases y convoca solamente a quienes no tengan biometría aprovechable según los plazos aplicables. La notificación se realiza en el contexto de la revisión del beneficio y toma como referencia el calendario de actualización del Cadastro Único.
Cuando el Cadastro Único también está desactualizado, las dos pendencias pueden aparecer juntas: actualización del registro y biometría. La página oficial del BPC orienta a la persona beneficiaria a seguir las notificaciones del INSS y cumplir la medida indicada.
En la Acción de Calificación Catastral de 2026, la normativa del BPC prevé comunicaciones por canales oficiales como extracto bancario, aplicación Meu INSS, teléfono o correo electrónico para la pendencia del registro. Como la convocatoria biométrica puede estar asociada al proceso de revisión, lo más prudente es consultar Meu INSS regularmente y no ignorar avisos oficiales relacionados con el beneficio.
5. ¿El CRAS recoge la biometría del BPC?
No. El MDS aclaró que el CRAS no realiza la recolección biométrica. El papel del CRAS es orientar sobre el BPC y apoyar la inscripción o actualización del Cadastro Único cuando ese servicio corresponde a la unidad o a la gestión municipal.
La captura biométrica para la CIN se realiza en los organismos de identificación de los estados y del Distrito Federal. Por lo tanto, si la notificación indica que se necesita biometría y la persona no tiene un registro aceptado, debe acudir al organismo emisor de la CIN en su estado —no a una unidad del CRAS para “hacer la biometría”.
6. ¿Quién puede estar temporalmente exento de la biometría?
La Ordenanza Conjunta MGI/MDS/MPS nº 76 prevé exenciones temporales mientras el Poder Público no ofrezca condiciones adecuadas para realizar el registro biométrico. Entre los grupos previstos están:
- personas mayores de 80 años;
- migrantes, refugiados y apátridas, con la documentación prevista;
- residentes en el exterior;
- personas que no pueden desplazarse durante más de 30 días por motivos de salud o discapacidad, con certificado médico que contenga la información exigida;
- residentes en localidades de difícil acceso definidas por la normativa.
Además, la página oficial del BPC informa que, cuando no sea posible realizar el registro biométrico de la persona interesada, la biometría puede exigirse a su representante legal. La exención no debe darse por supuesta: depende del encuadre y de la comprobación previstos en la norma.
7. Árbol de decisión: qué hacer en su caso
Va a solicitar el BPC ahora
- Confirme que el Cadastro Único de la familia fue actualizado hace como máximo 24 meses y que todos los miembros tienen CPF informado.
- Compruebe si ya existe biometría en una base oficial aceptada.
- Si no hay biometría aprovechable para la nueva solicitud, emita la CIN antes o según la exigencia que aparezca durante el trámite.
- Realice la solicitud en Meu INSS, 135 o una APS.
Ya recibe el BPC y no recibió ningún aviso
- No suponga que el beneficio será bloqueado inmediatamente.
- Mantenga el Cadastro Único actualizado y consulte Meu INSS.
- Si ya tiene CIN, la biometría de ese documento es la referencia principal.
- Si solo tiene biometría en otra base, espere la verificación/convocatoria y observe los plazos de transición.
Recibió una convocatoria
- Lea exactamente qué pendencia fue señalada: biometría, Cadastro Único o ambas.
- Para Cadastro Único, utilice el canal municipal indicado, como CRAS o un puesto del Cadastro Único, cuando corresponda.
- Para biometría/CIN, acuda al organismo de identificación responsable en su estado.
- Guarde protocolos y comprobantes y siga Meu INSS hasta que la regularización aparezca en el sistema.
8. Fechas que ayudan a entender la transición
| Fecha | Qué representa |
|---|---|
| 30/04/2026 | Fecha de corte divulgada por el MDS para que la biometría en bases transitorias pudiera aprovecharse en nuevas solicitudes de BPC. |
| 01/05/2026 | Para un nuevo solicitante sin biometría aprovechable, la CIN pasa a ser necesaria. |
| 31/12/2026 | Fecha de corte anunciada para biometría en bases transitorias en el contexto de mantenimiento o revisión del BPC. |
| 31/12/2027 | Fin del período general en el que registros transitorios antiguos pueden aprovecharse en varias situaciones, según la normativa aplicable. |
| 01/01/2028 | La orientación general pasa a admitir solamente biometría vinculada a la CIN para concesión, mantenimiento y renovación. |
Fuentes oficiales para consultar antes de actuar
- MDS — página oficial del Beneficio de Prestación Continuada (BPC)
- Gobierno Digital — preguntas frecuentes sobre registro biométrico para beneficios sociales
- Gobierno Digital — Beneficiario Social y transición de la biometría
- MDS — reglas de transición de la biometría para beneficios de la Seguridad Social
- MDS — orientación sobre biometría y papel del CRAS
- MDS — Ordenanza Conjunta MGI/MDS/MPS nº 76, actualizada en 2026
En resumen: quien ya recibe el BPC no necesita emitir la CIN de inmediato solo porque cambió la regla. El gobierno hace la verificación automática y la convocatoria es gradual. En cambio, para una nueva solicitud sin biometría previamente aprovechable, la CIN es la medida central en 2026. Y, si llega una convocatoria, es esencial separar los canales: CRAS/Cadastro Único para la parte del registro; organismo de identificación para la biometría/CIN.





